Según un decreto supremo que data desde 1967, es obligación que los días 18 y 19 de septiembre todos los edificios públicos y particulares del país luzcan la bandera chilena. De lo contrario los propietarios se exponen a ser fiscalizados y citados al juzgado local con multas que van hasta los 40 mil pesos.
Al respecto, el mayor Rolf Reinmann, de la 36º Comisaría de La Florida, comentó que "los mismos carabineros que salen a cumplir su función de prevención, son quienes fiscalizan las casas en Fiestas Patrias".
La bandera debe ser expuesta en perfecto estado de conservación y enarbolada al tope de un asta de color blanco. En caso de no tener, se puede colocar en forma horizontal o vertical, siempre y cuando su estrella quede en la parte superior y siempre a la izquierda de quien la mira.
Asimismo, está prohibido utilizar banderas en las que esté inserto el escudo nacional, ya que es de uso exclusivo de la casa presidencial.
Tele 13
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