ANTECEDENTES HISTÓRICOS
La ikurriña fue diseñada por los hermanos Luís y Sabino Arana (fundador del PNV), y en un principio correspondía, dentro de la serie de banderas que diseñaron, a la que identificaba el territorio de Vizcaya. Arana diseñó banderas para otros territorios vascos, pero no se llegaron a difundir. La ikurriña, inicialmente símbolo de Vizcaya para el entrono jeltzale (miembros del PNV), se convirtió en el símbolo de Euskal Herría, dejando de lado símbolos más antiguos, como el lauburu [1] o el arrano beltza [2]. Con la constitución de
Bandera y escudo aparecen descritos en “La bandera fenicia”, sainete publicado en el nº 31 de Bizkaitarra el 28 de julio de 1895 “J. de A.–
Como explica Arana, el diseño de la bandera se basó en el escudo de Vizcaya. Tiene un fondo rojo (color del Señorío de Vizcaya y –según Arana- del antiguo fondo del escudo). Sobre este fondo se superpone un aspa verde, símbolo del Apóstol San Andrés –patrón de Vizcaya- que simbolizaría la independencia vizcaína por haberse alcanzado el día de San Andrés la mítica “Victoria de Arrigorriaga” contra los españoles (primer acontecimiento que unió a los vizcaínos en defensa de su identidad como pueblo, ya que ese territorio en un principio perteneció a los Reyes de León y luego a los Condes de Castilla).
A la cruz de San Andrés se le superpone una cruz blanca, símbolo de la fe en Cristo [3] de los vizcaínos, como la que aparece insertada en el roble del escudo. El orden de colocación de las cruces significaba que la legislación vizcaína debía supeditarse en un todo a las leyes religiosas y morales.
Se adoptó como enseña oficial del País Vasco (o Euzkadi, término creado por Arana) y se definió en Decreto de
Esta ikurriña corregida (en la proporción de la cruz blanca) es la que el Consejo General del País Vasco adopta como propia el 15 de diciembre de 1978: “Usar como bandera propia del Consejo la conocida como bicrucífera, compuesta sobre fondo rojo bermellón, de un aspa verde vivo y superpuesta una cruz blanca, cuya utilización se determinará de forma reglamentaria”, y se recogerá en su Estatuto de Autonomía, aprobado por Ley Orgánica 3/79 de 18 de Diciembre, que la recoge en el artículo 5.1.”La bandera del País Vasco es la bicrucífera, compuesta de aspa verde, cruz blanca superpuesta y fondo rojo”.
DESCRIPCIÓN
Reseña
El mencionado artículo 5.1.”La bandera del País Vasco es la bicrucífera, compuesta de aspa verde, cruz blanca superpuesta y fondo rojo”, completado con lo recogido en el Suplemento Anexo al nº 205 de 26 de octubre de 1999 en el que aparece publicado el Decreto 318/1999 de 31 de agosto, por el que se regula el Manual de Identidad Corporativa del Gobierno Vasco. En el mencionado suplemento aclara que esa definición que aporta el artículo 5.1 del Estatuto “tiene su fundamento institucional en el Decreto de
Forma y Dimensiones
Respecto a la forma exterior, el Decreto 318/1999 de 31 de agosto, por el que se regula el Manual de Identidad Corporativa del Gobierno Vasco, en su Suplemento Anexo señala: “En lo referente a sus proporciones, se mantienen estrictamente las iniciales, si bien para su mejor comprensión se determina la siguiente descripción: la ikurriña, en su forma exterior, es un rectángulo cuya altura
Color
Según establece el Manual de Identidad Corporativa de Gobierno Vasco, publicado el Decreto 318/1999 de 31 de agosto, en su Disposición Adicional: “Con el fin de adoptar unos estándares técnicos normalizados en lo relativo a colores […] en el uso oficial de la bandera de Esuskadi, así establecida en el artículo 5.1 del Estatuto de Autonomía del País Vasco, el Manual de Identidad Corporativa acoge un apartado específico, respetuoso en todo caso con la legislación vigente en la materia”, y en el Anexo antes mencionado establece que “en cuanto a los colores, para el color rojo bermellón se utilizará el color Pantone
[Tabla no incluida por motivos de formato]
Usos
“Estas (las banderas autonómicas) se utilizarán junto a la bandera de España en sus edificios públicos y en sus actos oficiales” artículo 4.2 de
“En las Comunidades Autónomas, cuyos Estatutos reconozcan una bandera propia, ésta se utilizará juntamente con la bandera de España en todos los edificios públicos civiles del ámbito territorial de aquélla, en los términos de lo dispuesto en el artículo sexto de la presente ley”, art. 4 de
Como curiosidad respecto al uso en el Decreto de
Legislación aplicable
- Decreto 318/1999, de 31 de agosto (BOPV nº 205, de 26 de octubre) Manual de Identidad Corporativa del Gobierno Vasco.
- Ley 39/1981, de 28 de octubre, por la que se regula el uso de la bandera de España y el de otras banderas y enseñas (BOE núm. 271, de 12 de noviembre).
- Ley Orgánica 3/1979, de 18 de diciembre (BOE nº 306, de 22 de diciembre), Estatuto de Autonomía para el País Vasco.
- Constitución Española de 1978, BOE nº 311 de 29 de diciembre de 1978.
[2] “Águila negra” antiguo símbolo navarro que representa a un águila negra sobre fondo amarillo. Su origen se encuentra en el sello del rey Sancho III El Mayor de Navarra; este reinado constituye –desde una interpretación nacionalista vasca- un antecedente histórico de sus aspiraciones de unificación de los territorios de lengua vasca en un solo estado independiente.
[3] Esta presencia de Dios en la divisa proviene del integrismo cristiano, o exacerbado catolicismo de su fundador, de profundas raíces carlistas, que ve en Vizcaya el refugio de la fe y justifica la independencia de España en la necesidad de salvación colectiva de los vizcaínos.
Artículo elaborado por María Gómez Requejo
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