A partir de ahora, la población queda autorizada para adoptar su escudo y bandera municipal.
La adopción de escudos y bandera está recogida en la Ley 7/1985, reguladora de las Bases de Régimen Local; por el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades ; y por el Decreto 233/2008 de 2 de diciembre, del Gobierno de Aragón por el que se regula el procedimiento de adopción, modificación y rehabilitación de escudos y banderas de los municipios y comarcas de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Noticias Huesca
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