Los ayuntamientos, entidades locales menores y mancomunidades extremeñas tendrán plena autonomía para elegir y aprobar sus símbolos de identificación corporativa, en virtud del decreto aprobado en el último Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, celebrado el pasado lunes.
Según se recoge en el texto, la decisión de rehabilitar, modificar e instaurar escudos, banderas, himnos u otro tipo de símbolos de identificación colectiva corresponderá a las propias corporaciones locales e incluso se recoge la posibilidad de que sean los propios vecinos quienes inicien el procedimiento. De esta manera, la Junta de Extremadura pretender fortalecer la autonomía de las entidades locales, para que sean ellas quienes decidan los símbolos identificativos de su propia historia y personalidad.
La aprobación de este nuevo decreto, que sustituye al aprobado en el año 2001, dotará a las corporaciones municipales de una mayor libertad ya que el órgano regional que hasta ahora fiscalizaba la modificación o adopción de símbolos identificativos, el llamado Consejo Asesor de Honores y Distinciones, intervendrá en el caso de que sea preciso para mejorar la plasmación gráfica de los emblemas y símbolos.
En este sentido, la participación de la Junta de Extremadura en el proceso de adopción o modificación de los símbolos corporativos se limitará a velar por que los símbolos que acuerden las corporaciones municipales no contengan siglas, anagramas o logotipos de partidos políticos, sindicatos, organizaciones empresariales u otras asociaciones públicas o privadas, ni contengan referencias que vulneren los principios constitucionales, puedan lesionar los derechos fundamentales o inciten a la violencia, según se prohíbe expresamente en el texto del decreto.
Asimismo, la Administración regional se encargará de corroborar que los nuevos símbolos propuestos por los municipios no estén ya inscritos en el Registro de Símbolos, Tratamientos y Honores de las Entidades Locales de Extremadura. Todo ello con el fin de que los símbolos aprobados cumplan con su función de ser elementos que conexionen a todos los vecinos de un municipio y sirvan de identificación colectiva de todos y cada uno de ellos.
Resolución
El Decreto además permitirá acortar los plazos del proceso de aprobación de los emblemas y símbolos, que hasta ahora resultaba un tanto farragoso, de manera que las corporaciones locales podrán resolver el procedimiento en la mitad de tiempo que hasta ahora.
La renovación o aprobación de nuevos símbolos se podrá poner en marcha de la mano de las corporaciones municipales o a petición de los propios vecinos. Para ello, el procedimiento puede iniciarse con la propuesta de un símbolo, que deberá estar acompañado del informe de un experto en heráldica que razone la conveniencia del mismo, o mediante convocatoria de un concurso de ideas público y abierto, que deberá resolver un jurado compuesto por expertos en heráldica. En todo caso, será el pleno del municipio en cuestión quien apruebe por mayoría absoluta el inicio del procedimiento.
Tras el visto bueno de la corporación, el acuerdo de modificación o nuevo símbolo pasará a información pública durante 20 días y, transcurrido el plazo, se remitirá a la Consejería de Agricultura y Desarrollo Rural, competente en materia de Administración local, para que en un máximo de dos meses emita un informe legal sobre la propuesta, que será el último paso antes de que el máximo órgano de representación de las entidades locales dé su aprobación definitiva, siempre que obtenga el visto bueno de la mayoría absoluta de sus miembros.
El decreto regula, además, el proceso de concesión de tratamiento y honores de las entidades locales y contempla también la aprobación, rehabilitación y modificación de símbolos que hasta ahora no figuraban en la norma, como es el caso de los logotipos.
Extremadura.com
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